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Lunes, 16 de diciembre de 2024




Telefonía e internet móvil por la libre: ¿Y ahora quién podrá defendernos?

Natiuska Traña [email protected] | Martes 03 octubre, 2017




La teoría y en muchos casos la experiencia ha demostrado que la competencia beneficia a los consumidores de cualquier producto o servicio, permitiendo que mejore la calidad, los precios y las opciones.

Recordemos que, por condicionamiento histórico, nos hicieron creer que los monopolios estatales eran lo más conveniente y lo que nos protegía a todos los ciudadanos, a pesar de que las necesidades y servicio fueran comprometidos y no existiera una voluntad real de satisfacerlas por parte del monopolio. Lo queramos o no, así tienden a operar todos los prestadores monopólicos de servicios en el mundo.

Esta semana, finalmente se declaró el estado de “competencia efectiva” donde el mercado puede regular los precios conforme a la oferta y demanda. A pesar de que algunos puedan alarmarse por esta declaratoria, esta es la oportunidad para el usuario de ejercer su poder para premiar o sancionar a los operadores que le ofrecen los servicios de telecomunicaciones.

La portabilidad numérica, es la herramienta principal para castigar al operador que no satisfaga de manera adecuada sus necesidades y el regulador en esta etapa deberá encargarse de medir la calidad de los operadores e impedir que ante la “guerra de precios” se desmejoren las condiciones con las que ya se cuentan (ahí está la nueva tarea de la Sutel, para muchos de los que se preguntan) y proveer de toda la información necesaria al usuario para que ya empoderado, se comporte de manera más dinámica.

Revisemos cómo funciona la portabilidad numérica y como puede usted convertirse en un usuario empoderado:

1. La portabilidad numérica es un derecho de todos los usuarios, que le permite conservar su número telefónico y migrar de operador de telecomunicaciones.
2. Es un trámite gratuito, aunque usted debe haber cancelado sus deudas con el operador anterior antes de cambiar de empresa de telecomunicaciones.
3. Tarda un aproximado de 48 horas y puede solicitarlo a cualquier operador de su preferencia.
4. Puede realizar la portabilidad 5 veces al año.

Algunos se preguntarán sobre los contratos de adhesión, con plazos de permanencia mínima de 1 y 2 años; así como las sanciones o multas por terminar de manera anticipada:

La Sutel, ha declarado absolutamente nulas las cláusulas abusivas en este tipo de contratos y solo se permite la permanencia mínima siempre que a usted le entreguen una terminal (en este caso un celular), donde ante el retiro anticipado, lo único que usted debe pagar es la amortización mensual del costo de esa terminal, por los meses restantes para la finalización de ese contrato, esta sería la supuesta “multa” o “penalización” que pueden cobrarle, pero seamos sensatos, eso es lo que cuesta la terminal que usted compró y su precio se indica en la factura que le envían mes a mes. También es importante que revise una vez finalizado este plazo, que no le sigan cobrando el mismo monto de la terminal una vez, cumplida la permanencia mínima.

¡Qué no panda el cúnico! En el caso que le impidan cambiarse de operador o que quieran cobrarle montos que considere abusivos, puede recurrir a la Sutel ya sea en línea, por medio de la página web, vía telefónica o personalmente y denunciar al operador que le está impidiendo ejercer su libre derecho de elección.

Natiuska Traña
Asociada
Pacheco Coto
[email protected]
2505 0900
www.pachecocoto.com







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