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Lunes, 16 de diciembre de 2024



NACIONALES


Expertos consultados señalan que Fiscalía debe investigar y sentar responsabilidades

¿Puede Casa Presidencial recopilar mi información personal?

Creación de Unidad Presidencial de Análisis de Datos podría vulnerar privacidad de los habitantes

Johnny Castro [email protected] | Martes 25 febrero, 2020


Protección de datos
La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab), una dependencia adscrita desde el 2011 al ministerio de Justicia, tiene como trabajo salvaguardar la privacidad de la información. Shutterstock/La República


¿Puede Casa Presidencial recopilar información personal sin mi consentimiento? La respuesta es no y esto tendría consecuencias legales.

Lea más: Carlos Alvarado elimina Unidad de Análisis de Datos tras repudio

Al menos eso es lo que concluyen expertos en ciberseguridad y propiedad intelectual consultados por LA REPÚBLICA.

La creación de una dependencia de Presidencia - Unidad Presidencial de Análisis de Datos (UPAD)- que solicitaba a otras entidades públicas información sobre los habitantes sucedió en octubre por la vía del decreto, pero trascendió el viernes cuando el portal de noticias CRHoy lo dió a conocer.

Esto llevó a que los abogados Gloria Navas y Juan Diego Castro acudieran a los tribunales e interpusieran acciones legales contra el mandatario Carlos Alvarado, el ministro de la Presidencia, Víctor Morales, y el de Planificación interino, Daniel Soto, quienes firmaron el decreto.

Se les denunció por haber incurrido presuntamente en prevaricato y violación de datos personales.

Y es que el artículo siete del decreto que creó la UPAD establecía el libre acceso a cualquier tipo de información, excepto la considerada como Secreto de Estado.

Sin embargo, desde el 2011 existe la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab), una dependencia adscrita al ministerio de Justicia, y cuyo trabajo es justamente salvaguardar la confidencialidad de los datos.

Por su parte, Catalina Crespo, defensora de los Habitantes visitó ayer Casa Presidencial, donde solicitó la investigación de este caso.

“Por la importancia del tema para el Estado de Derecho y la institucionalidad del país, una Comisión de expertos de nuestro Colegio en derecho público, constitucional, derechos humanos, derecho informático, penal, probidad y derecho a la posición de la Defensoría de los Habitantes para colaborar con su investigación”, explico Álvaro Sánchez, presidente del Colegio de Abogados.

Lea más: Catalina Crespo pide a Fiscalía hacer “peritaje técnico” sobre Unidad de Datos

El Colegio se comprometió a dar seguimiento objetivo a la investigación y las recomendaciones que emita la Defensoría. Asimismo, mantendrá su voluntad e interés de colaborar con cualquier institución del país en el momento que sea oportuno.

Ahora, la Fiscalía será la encargada de determinar si abre una investigación sobre la información recopilada por la Unidad Presidencial de Análisis de Datos, con qué fines y su alcance.


Opinan los expertos


Expertos en ciberseguridad y propiedad intelectual consultados por LA REPÚBLICA sostienen que existirían responsabilidades legales

Juan Manuel Campos

Socio Fundador
Ciber Regulación


Ante la posible comisión de delitos, corresponde a la Fiscalía ordenar las investigaciones y señalar a los responsables con la respectiva acusación.
Es perentorio ordenar allanamientos y salvaguardar cualquier prueba que estuviera depositada en servidores y computadoras.
La Prodhab, por su parte, está llamada a proteger los datos de los habitantes y resultaría conveniente que objete las acciones del Poder Ejecutivo por la vía de acción de inconstitucionalidad o sumándose a las denuncias penales respectivas

Adalid Medrano

Especialista
Delitos Informáticos y Ciberseguridad


Ha llegado el momento de aumentar la exigencia a la Prodhab, porque su labor es tan importante que no podemos simplemente mirar para otro lado.
Los datos personales se tratan ilegalmente todos los días y la agencia debe cumplir con la labor encomendada por la ley, debe buscar reformas que le permitan hacer mejor su trabajo y ser más transparente con la población.
La dirección debe acelerar el paso, porque cada hora perdida tiene un impacto en la seguridad de los datos de los habitantes.

Elizabeth Mora

Directora
Prodhab


La Agencia no fue consultada sobre la estructuración de la Unidad Presidencial de Análisis de Datos. Su creación fue de nuestro conocimiento una vez que se dio la publicación del decreto.
En este momento, no podemos definir con claridad qué acciones vamos a tomar; primero, debemos tener conocimiento de qué fue lo que sucedió, a qué información se tuvo acceso y hasta en ese momento determinar si existieron faltas a la Ley. Y si hay responsables, la Agencia tiene competencias de oficio para hacer las investigaciones que correspondan.

Mauricio París

Gerente regional
ECIJA Latinoamérica


El artículo 16 de la Ley de Protección de Datos garantiza a Prodhab competencia especializada en el cumplimiento de la ley 8968, tanto en materia de investigación oficiosa o ante denuncia, así como de imposición de sanciones y otro tipo de medidas.
Sin embargo, el Ministerio Público también tiene competencia en el caso de comisión del delito contemplado en el artículo 196 bis del Código Penal.
El artículo 16 inciso f le otorga a la Prodhab la facultad de ordenar de oficio o a petición de parte, la supresión de bases de datos personales administradas en contravención a las disposiciones de la ley 8968.



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