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Fracasa intento de Aldesa para reorganizarse con ayuda de la corte

Christine Jenkins [email protected] | Viernes 09 agosto, 2019 03:49 p. m.


Fachada edificio Aldesa
El proceso se ha retrasado cuatro meses desde que Aldesa, en marzo pasado, solicitó una intervención judicial para su reorganización, que incluiría el cese de pagos durante tres años. Archivo/La República.


La solicitud de Aldesa para una administración y reorganización con intervención judicial sufrió un nuevo fracaso en la corte, esta vez al rechazarse su apelación del proceso.

El Tribunal Superior anunció hoy su decisión de rechazar esta apelación.

Aldesa podría presentar una nueva solicitud, tratando de no recaer nuevamente en los errores que se señalan, al no cumplir los requisitos formales que exige el código para este tipo de solicitudes.

La Corte reconoció la afectación para los inversionistas. pero aclara que eso no pude pesar en su decisión, al tiempo que señaló los fallos de Aldesa durante el proceso.

“En el presente asunto se ha requerido, procesal y públicamente la resolución pronta de esta gestión, lo cual se torna sumamente complejo, cuando lo presentado es voluminoso, desordenado, fragmentado e incluso, a destiempo”, afirma la decisión.

La ley obliga a informar a todos los acreedores por correo certificado, telegrama o facsímil, con acuse de recibo en todos los casos, es decir que se certifique la entrega; lo cual la empresa ha argumentado que sería imposible.

Sin embargo, la Corte señala inconsistencias como 30 casos de sociedades extranjeras y personas físicas que se encuentran en lista de Aldesa con el número de certificado emitido por Correos de Costa Rica, pero sin aportarse las cartas que comprueben la efectiva comunicación, por lo cual para efectos del despacho, no se enviaron dentro de las comunicaciones requeridas.

En otros casos, las fechas de las cartas demuestran una demora en su envío y para una persona consideran que es dudoso la entrega.

"Comprende la presente juzgadora que los promoventes no pueden obligar a los acreedores a que realicen los acuses de recibidos en el caso que deban de contestar, además hay que tomar en cuenta que tienen acreedores extranjeros, pero esto no significa que se deben dejar pasar las comunicaciones que contengan errores o que se envíen de forma tardía", explican.


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