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Lunes, 16 de diciembre de 2024



NACIONALES


Hacienda publicará listado de grandes compañías que reportan pérdidas o cero utilidades

Empresarios temen cacería de brujas por divulgación de datos tributarios

Medidas son importantes para luchar contra evasión, según Gobierno

Esteban Arrieta [email protected] | Martes 13 noviembre, 2018


Rocío Aguilar
"Este pronunciamiento de la Sala viene a fortalecer nuestro compromiso con el principio de transparencia y nos abre la posibilidad de dar a conocer información de interés público hasta ahora considerada confidencial", dijo Rocío Aguilar, ministra de hacienda. Archivo/La República


Se podría dar una cacería de brujas en contra de las empresas que reportan cero utilidades o pérdidas, según el sector productivo.

Y es que el Ministerio de Hacienda desde el viernes pasado, está obligado a facilitar la información tributaria, tras un fallo de la Sala IV que ayudaría al Gobierno a transparentar la lucha contra la evasión.

Lea más: Hacienda dará a conocer lista de grandes contribuyentes que declaran cero ganancias

La preocupación del sector productivo radica en que no necesariamente una empresa que no tributa está evadiendo al fisco.

Esto, porque las compañías pasan por periodos de abundancia, cero utilidades o incluso pérdidas de manera intermitente en muchos casos, lo cual depende de diversos factores, incluidos el precio del dólar, los insumos, la competencia y el clima de negocios en general.

Aunque la sentencia de la Sala Constitucional no obliga a Hacienda a facilitar la información contable, sí se corre un riesgo relacionado con la reputación que podría afectar a una empresa en un entorno competitivo.

Lea más: Gobierno declara la guerra a evasores con diez medidas

El fallo limitaría la obligación de entregar el informe sobre los grandes contribuyentes.

Sin embargo, todavía no se sabe cuál sea la definición de la figura del gran contribuyente.

Se espera todavía la sentencia completa para aclarar varios puntos.


¿Fallo de cuidado?


Revelar el nombre de las grandes empresas que reportan pérdidas o cero ganancias, es considerado como “transparente” por un sector de la población; sin embargo, en estos momentos existe preocupación sobre el impacto que podría tener para las compañías.

Tienen reservas

Jorge Calderón

Vicepresidente
Cadexco

La medida contribuye con la transparencia en la recaudación. No obstante, se debe recordar que, en el ámbito empresarial, siempre hay periodos más fructíferos que generan ganancias y existen épocas que ocasionan disminuciones de ingresos, por eso no podemos generalizar que todos los reportes en pérdidas o en cero sean por evasión fiscal.
Con esto quiero decir, que antes de calificar a una compañía como evasora, hay que hacer el análisis.

Gonzalo Delgado

Presidente
UCCAEP

Esperamos que los señores magistrados no se hayan extralimitado en sus alcances y se mantenga la prudencia, máxime si hay casos aún en proceso de resolver. Cada empresa es responsable de su situación particular; sin embargo, más que un peligro de información contable, lo que se podría poner en riesgo, son determinadas decisiones de una empresa en un momento dado.
Los inversionistas desean un ambiente de seguridad y transparencia para el éxito de los negocios.

Enrique Egloff

Presidente
Cámara de Industrias

Respetamos la decisión de la Sala IV, pero nos preocupa que podría provocar juicios mediáticos y afectar la imagen de empresas que, teniendo resultados económicos negativos por razones de mercado o de competitividad, aparezcan en dicha lista.
Debemos estar claros de que no es una lista de grandes evasores, sino de grandes contribuyentes que por haber tenido un año de resultados negativos en uno de los últimos diez años, aparecerían nombrados en ella.

Silvia Hernández

Diputada
Liberación Nacional

Aún no se conoce la resolución completa, por lo tanto, habrá que esperar.
Mi posición es que debe haber transparencia, acompañada de seguridad para la información delicada y sensible de los contribuyentes.
El fallo no afectaría únicamente a los grandes contribuyentes, sino que cubre a todo aquel que no esté pagando los impuestos.

José Manuel Hernando

Presidente
Cámara de Tostadores de Café

No le veo ningún problema a que la información se entregue, porque la gran mayoría de empresas de este país queremos producir.
Lo que sí me preocupa, es que me parece una cortina de humo que lanza la Corte en momentos en que se debate la legalidad del plan fiscal.
Para mí, está claro que el gran problema de las finanzas públicas son los privilegios y la duplicidad de instituciones.

Rafael Luna

Socio
Consortium Legal

El debate sobre la crisis fiscal ha versado sobre si deberían aumentarse los impuestos o atacarse más fuertemente la evasión.
La medida de publicar las empresas con pérdidas parece ir en dirección a exponer a toda empresa con pérdidas en uno o más periodos, presumiendo la existencia de una conducta ilegal, como una medida de presión social para atacar la evasión fiscal.
Debe tenerse mucha prudencia con el listado, ya que el hecho de que una empresa haya tenido pérdidas en un periodo tan amplio puede derivarse simplemente de una situación meramente comercial o temporal.

Allan Saborío

Socio director
Deloitte

La información contable de las empresas está protegida. Sin embargo, hay un riesgo reputacional, en donde tener pérdidas o utilidades, no significa que haya una manipulación dolosa o culposa, sino que es parte de una realidad país.
Me preocupa que la administración tributaria publique márgenes presumibles de utilidades, los cuales no obedecen a elementos objetivos y que, a partir de ahí, se pida a alguien que publique su información completa.

A favor

Rocío Aguilar

Ministra
Hacienda

Este pronunciamiento de la Sala viene a fortalecer nuestro compromiso con el principio de transparencia y nos abre la posibilidad de dar a conocer información de interés público hasta ahora considerada confidencial, en un momento en el que hacemos grandes esfuerzos para lograr el mayor cumplimiento de las obligaciones tributarias.

German Morales

Socio director
Grant Thornton

La resolución de la Sala IV es positiva, porque pone en poder de la prensa y por lo tanto, en el pueblo y de los costarricenses en general, información sobre el comportamiento de algunos contribuyentes, y esto es muy importante, para la credibilidad del sistema de recaudación.
No estimo que los magistrados se hayan extralimitado, porque solo se va a dar el nombre de las grandes contribuyentes y no se va a revelar información, de activos, pasivos, ingresos, ni gastos.

Pedro Muñoz

Diputado
PUSC

Me parece que la decisión de la Sala IV es muy positiva y no veo por dónde tenga que afectar el clima de negocios. En Finlandia se publican las declaraciones de todo el mundo y no pasa nada.
Pienso que develar esta información será una herramienta importante para combatir la evasión y el déficit fiscal.
Usted me pregunta, ¿tiene la resolución sobre los grandes contribuyentes alguna relación con el debate legal del plan fiscal? Para mí, todo está relacionado.


Armas en uso contra la evasión


El tamaño de la evasión fiscal es incierto, lo que sí es claro es que el Gobierno ya aplica una serie de medidas para luchar contra los evasores.

Fuente: Ministerio de Hacienda


Grave problema


Para evitar los problemas de un alza en las tasas de interés, además de menos empleo, el Gobierno busca combatir un elevado déficit, al cerrar portillos a los evasores, entre otras medidas (cifras en porcentaje del PIB). intro intro intro intro intro intro intro intro intro intro intro intro intro intro intro

Año Déficit
2018 7,1*
2017 6,2
2016 5,3
2015 5,7
2014 5,6
2013 5,4


¿Cómo se determina a un gran contribuyente?


El 11 de abril de este año, Tributación actualizó los parámetros para considerar a un sujeto como gran contribuyente:

a) Que el promedio de los impuestos liquidados de los últimos tres periodos fiscales sea igual o superior a ¢450 millones.

b) Que el promedio de la renta bruta declarada en el impuesto sobre las utilidades de los últimos tres periodos fiscales sea igual o superior a ¢40 mil millones.

c) Que el promedio de su activo total declarado en el impuesto sobre las utilidades, de los últimos tres periodos fiscales, sea igual o superior a ¢50 mil millones.

d) Se podrán clasificar aquellos entes que se encuentran regulados por alguna de las superintendencias.

e) Se podrán clasificar todos los entes, domiciliados o no domiciliados con sucursal de casa extranjera, que estén vinculados en sus operaciones nacionales o transfronterizas con un gran contribuyente.

Fuente: Resolución de Tributación DGT-R-018-2018


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