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Restricción Vehicular Hoy en Costa Rica - [Marzo 2022 Actualizado]

Restricción vehicular nocturna se eliminará a partir del 7 de marzo

Redacción La República [email protected] | Martes 01 marzo, 2022 07:00 a. m.


Símbolo de carro pintado en calle
Imagen con fines ilustrativos. Archivo/La República


Actualizado al 1 de marzo 2022

La restricción vehicular sanitaria se eliminará el próximo 7 de marzo, por lo que solo se mantendrá la restricción por número de placa, entre semana, en el anillo de circunvalación.

Igualmente, establecimientos con permiso sanitario podrán recuperar el horario de funcionamiento previo a la pandemia.

Lea más: Nuevas restricciones sanitarias se anunciarán la otra semana

¿Cuál es la restricción vehicular por placas hoy?

El horario permitido para circular es de 5 a.m. a 12 a.m.

Del 1 al 6 de marzo circulan:


Martes 1 Todas las placas excepto 3 y 4
Miércoles 2 Todas las placas excepto 5 y 6
Jueves 3 Todas las placas excepto 7 y 8
Viernes 4 Todas las placas excepto 9 y 0
Sábado 5 Todas las placas
Domingo 6 Todas las placas

*A partir del 7 de marzo se elimina restricción vehicular nocturna en todo el país y la diurna se mantiene en el anillo de Circunvalación

Lea más: Mitigar restricciones para temporada alta de turismo demandan empresarios

Para circular sin ser multado por la policía de tránsito, personas y empresas exoneradas deben presentar la carta de excepción ya sea en formato físico o digital y deberá ser actualizada cada dos meses.

Además, aquellos trabajadores que cuenten con gafete institucional o empresarial deberán mostrarlo.

La medida de restricción vehicular sanitaria cuenta con algunas excepciones y recientemente se agregó el traslado de estudiantes.

La multa por no cumplir con estas disposiciones es de ₡107 mil.


Excepciones a restricción vehicular


  • Vehículos de transporte de mercancía o carga.
  • Vehículos de transporte público destinados al transporte remunerado de personas en cualquiera de sus modalidades (autobús, buseta, microbús, taxi, servicio especial estable de taxi), el servicio especial de trabajadores, turismo y estudiantes, que cuenten con placa de servicio público.
  • Vehículos que presten el servicio de abastecimiento de combustibles, de recolección de basura, servicio de grúa o plataforma.
  • Vehículos oficiales, de atención de emergencia y medios de comunicación.
  • Vehículos del servicio de funeraria para la prestación exclusiva de dicha actividad.
  • Vehículos particulares del personal de servicios de emergencia, Cruz Roja, Cuerpo de Bomberos de Costa Rica, Sistema de Emergencias 9-1-1 de Costa Rica, CNE, CCSS, Ministerio de Salud, organismos internacionales, y de aquellas instituciones que participen en la atención del estado de emergencia nacional.
  • Personas jerarcas de los Supremos Poderes para el ejercicio de sus labores respectivas, debidamente identificados.
  • Vehículos pertenecientes a las misiones internacionales, cuerpo diplomático y cuerpo consular.
  • Vehículo particular que, debido a una emergencia relacionada con la vida o salud, requiera trasladarse a un establecimiento de salud o farmacéutico.
  • Vehículos de personas con labores religiosas.
  • Vehículos conducidos o que transporten personas con discapacidad.
  • Vehículos de las personas que deban trasladarse estrictamente para brindar soporte médico o cuido de personas en estado terminal.
  • Vehículos de personas que requieran trasladarse estrictamente con ocasión de una reserva de hotel.
  • Vehículos de alquiler -"rent a car".
  • Vehículos de personas que estrictamente requieran trasladarse a alguno de los Aeropuertos Internacionales.
  • Vehículos de personas que estrictamente requieran trasladarse a guarderías públicas, privadas o mixtas tuteladas.
  • Vehículos de personas que deban trasladarse estrictamente para asistir a cita de Revisión Técnica Vehicular.
  • Vehículos de personas que requieran trasladarse cualquier día de la semana, pero antes de que inicie la restricción vehicular nocturna, estrictamente con ocasión de una reserva para asistir a cines, autoeventos, teatros, conciertos o presentaciones públicas.
  • Vehículos de personas que requieran trasladarse estrictamente con ocasión de prueba de manejo.
  • Traslado de estudiantes a centros educativos públicos y privados.

Repase acá los cantones en alerta naranja y aforos permitidos en establecimientos y comercios durante marzo 2022.


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