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Lunes, 16 de diciembre de 2024



IVA


IVA se cobraría solo en vuelos internacionales que salen de Costa Rica

Christine Jenkins [email protected] | Miércoles 26 junio, 2019


IVA sobre avión
Los tiquetes que se vendan antes del 1 de julio no estarán sujetos al IVA, sin importar la fecha en la cual se materialice el viaje. Shutterstock/La República.


En los vuelos internacionales se cobrará un 0,4% de Impuesto sobre el Valor Agregado en los boletos que tengan de origen Costa Rica, mientras que el trayecto de regreso al país, no tendrá impuesto.

Para un tiquete de $300, significa que el impuesto sería de $1,20 si se trata de un vuelo que sale de Costa Rica, y de $0 para uno que aterrice en Costa Rica, según se definió en reglamento del IVA.

Adicionalmente, serán gravados con una tarifa del 4% la reserva de asiento, el equipaje adicional y otros servicios adicionales al de transporte aéreo que no se incluyen dentro del boleto o tiquete aéreo, aclaró David Alemán, director general de Avianca para Centroamérica, México y Caribe.

Lea más: Avianca: “Asignación de impuestos a boletos generaría contracción de la demanda”

También se definió que los tiquetes que se vendan antes del 1 de julio no estarán sujetos al IVA, sin importar la fecha en la cual se materialice el viaje.

Finalmente, para los vuelos nacionales, sí se aplicará la tarifa del 4% sobre todo el pasaje.

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