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Martes, 17 de diciembre de 2024



FORO DE LECTORES


Fiscalización de impuestos en tres actos. ¿Cómo lo viven nuestros clientes?

Carlos Morales Navarro [email protected] | Martes 19 noviembre, 2024


Carlos Morales Navarro


Quizás uno de los mayores temores de todo emprendedor o empresario… “¡Me cayó tributación!

El miedo es el mismo, sin importar si es un pequeño emprendimiento, una empresa mediana o una gran empresa. El sentimiento es igual, ya sea solo por parte del dueño del pequeño negocio o del amplio departamento contable – financiero del gran contribuyente.

En Grupo Camacho Internacional acompañamos a empresas, empresarios o gerentes, y sus equipos contables – financieros en los procesos de fiscalización por parte del Ministerio de Hacienda. Cada año, vemos de primera mano las acciones de la Administración Tributaria en las auditorías a los negocios.

En nuestro acompañamiento procuramos hacer valer los derechos del contribuyente. Una serie de derechos que surgen del título VI del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, así como de otros principios del Derecho Tributario.

En esos trabajos nos es común aconsejar a los clientes en cuanto a la cantidad y calidad de la información que entregan en cada solicitud que realizan los auditores del caso y, sobre todo, hacerle ver a ellos cuando la Administración está sobrepasando sus facultades, o cometiendo errores de fondo o forma durante el proceso.

Cuando un contribuyente recibe la notificación de inicio de fiscalización pasa por varias fases, entre el susto, la rabia o incluso, la resignación.

Lo importante es entender que el proceso de fiscalización debe ejecutarse bajo un marco de normas y procedimientos y que, como usted no es experto en la materia, lo mejor que puede hacer es acompañarse de consultores, expertos tributarios, que le guíen.

Entre bromas y en serio, durante este 2024 vivimos un primer semestre muy pausado por parte de la Administración Tributaria. Fueron pocas las nuevas acciones de fiscalización que visualizamos.

Sin embargo, en cuestión de tres meses el asunto cambió y ahora se siente una administración tributaria más activa, en la calle, fiscalizando, tratando de recuperar dinero a través de su accionar fiscalizador.

Por eso es buen momento de compartir los procesos de fiscalización en tres actos.

Caracterizaré tres procesos distintos que hemos vivido junto a nuestros clientes, para que usted, lector, se dé una idea de qué le espera en un proceso de fiscalización.

1. A armarse de paciencia… Una fiscalización es leeeenta.

Las fiscalizaciones pueden ser eternas. Este es el caso de un cliente nuestro, gran contribuyente y el viacrucis que ha sido su proceso de fiscalización.

Inició en el 2016 y hoy, en el 2024 la compañía continúa en el proceso aún. En este lapso de 8 años ha pasado literalmente de todo. La Administración Tributaria ha cambiado varias veces de equipo auditor, se ha equivocado una y otra vez en cálculos de impuestos por cobrar… y no estamos hablando de un número pequeño.

Cometió errores tan graves que hace un año y medio se logró una nulidad absoluta sobre todo lo actuado en el proceso. ¿Qué significa eso? Que vamos de nuevo.

La Administración volvió a levantar su caso y otra vez, planteó lo que a su criterio la compañía debe de pagar. No sin antes, con algunos ir y venir de solicitud de información y de exigencia – de parte del cliente y nuestra – de conocer papeles de intercambio de información entre la Dirección General de Tributación de Costa Rica y la Administración Tributaria Española.

A hoy, el caso se encuentra en proceso de ser discutido en sede contenciosa. La audiencia de cierre del proceso administrativo dejó claro que existe una incoherencia entre lo actuado por el equipo fiscalizador y la decisión del tribunal fiscal.

Si la fiscalización es lenta, el proceso contencioso lo será más. A este caso aún le quedan años para llegar a buen término.

Así que, si la Administración Tributaria toca a su puerta, prepárese para armarse de paciencia y afrontar el proceso paso a paso, siempre en procura del mejor resultado para su negocio.

2. Las fiscalizaciones que creemos que nunca llegan.

En este segundo quiero recopilar dos anécdotas de sendas fiscalizaciones.

La primera es un proceso en que la Administración Tributaria está cuestionando a una sociedad inactiva. Así como lo oye, la administración no solo tiene la potestad de fiscalizar entidades inactivas, sino que efectivamente lo hace.

El proceso iba en búsqueda de los recursos empleados por la sociedad para la compra de un vehículo de lujo.

¿Cuántos de ustedes tienen sociedades tenedoras de bienes muebles o inmuebles? Lo sé, muchísimos… cada uno de ustedes está sujeto a ser fiscalizado.

En el proceso se debió demostrar de adónde surgieron los recursos que permitían la compra del vehículo y, sobre todo, justificar que dichos recursos tuvieron las retenciones y pagos de impuestos que les correspondían. En este caso, fue solo un mal rato para el contribuyente y al final salió bien librado del proceso.

Mientras que la otra anécdota es sobre un extranjero que ya ni siquiera vive en el país.

La Administración Tributaria recibió información – consultas de parte de una administración tributaria europea, respecto a fondos que ingresaron al sistema bancario del país en cuestión hace unos años.

La administración, ni lerda ni perezosa, inició una acción fiscalizadora contra el individuo. Aún estamos en ello, pero de momento va por buen camino. Al final, como dice el dicho, “cuentas claras, chocolate espeso”.

El cliente tiene clarísima la transacción y será cuestión de demostrar a la Administración Tributaria de qué se trata… Eso sí, no sin antes tener que defender una y otra vez, pues la Administración nunca se da por vencida a la primera justificación.

3. Fiscalización en renta, aun cuando está exento

El tercer acto que quiero destacar es la potestad de la Administración Tributaria de fiscalizarle, incluso si usted está exento del impuesto sobre la renta.

Tal es el caso de un cliente que es parte del Régimen de Zonas Francas y se encuentra aun completamente exento del Impuesto sobre la renta. Su exención no fue impedimento para que la Administración iniciara un proceso de fiscalización en su contra.

La experiencia ha sido de sobra interesante. La discusión ha versado sobre diversos puntos, e incluso las auditoras han consultado sobre asuntos que van más allá del impuesto sobre la renta en específico:

- Han tratado de indagar sobre los niveles de inversión que la empresa debe haber realizado para mantenerse en el régimen de zonas francas.

- Ha dejado claras diferencias entre lo declarado en el impuesto sobre la renta versus lo declarado en los IVA’s de cada mes.

La fiscalización sigue en proceso, incluso después de que informalmente hubieran dicho que todo estaba bien. ¡Cuidado! Los fiscalizadores pueden decir hasta misa, que lo válido es lo que queda debidamente documentado.

Y lo interesante de este proceso es cómo, a pesar de la exención, están recabando información que, aunque no puede ser usada en el proceso actual, son insumos para tomar decisiones y ampliar, por ejemplo, la fiscalización al impuesto sobre el valor agregado.

Las fiscalizaciones tributarias suceden. Eso es un hecho. Nunca sabremos con ciencia cierta cuándo la administración llegará a nuestra puerta. De ahí lo importante de seguir dos consejos básicos:

1. Anticiparse y tener una revisión de su cumplimiento en IVA, Renta y retenciones. Así conoce su posición de riesgo mucho antes de que llegue la fiscalización

2. Si le llegan a fiscalizar, tome como acción número uno levantar el teléfono y llamar a su asesor de impuestos de confianza… y recuerde, su contador es contador, no es experto en impuestos.

En Grupo Camacho Internacional estamos a las órdenes para apoyarle, tanto en las revisiones previas, como en el proceso de fiscalización.







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