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Lunes, 16 de diciembre de 2024



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Revise, analice y haga sus cálculos previos para evitar sorpresas

Vanessa Vega [email protected] | Martes 31 octubre, 2023


Vanessa Vega


Se acerca una época muy bonita del año en el que las familias y amistades se reúnen con mayor frecuencia y, por ende, una gran cantidad de personas aprovechan para realizar sus compras por Internet, sea en la época del Black Friday o en diciembre.

Si usted es uno de ellos, infórmese previamente sobre los impuestos de importación que tendrá que pagar para que no lo sorprendan.

También, cerciórese de que no ocupe algún permiso especial para poder importar. A pesar de que sean compras individuales, podrían estar sujetas a revisión por parte de Aduanas al momento en que lleguen al país.

El artículo 24 de la Ley General de Aduanas establece que la Administración Aduanera goza de amplias facultades para

“a) Exigir y comprobar el cumplimiento de los elementos que determinan la obligación tributaria aduanera como naturaleza, características, clasificación arancelaria, origen y valor aduanero de las mercancías y los demás deberes, requisitos y obligaciones derivados de la entrada, permanencia y salida de las mercancías, vehículos y unidades de transporte del territorio aduanero nacional.

b) Exigir y comprobar el pago de los tributos de importación y exportación”.

En años anteriores muchas personas se sorprendieron porque pretendían aplicar la exención de $500 a sus compras, pero no fue posible y debieron cancelar impuestos no previstos en el momento de su compra por internet. El resultado fue dejar las mercancías en los depósitos aduaneros.

A continuación, algunas recomendaciones:

• El Ministerio de Hacienda cuenta con información disponible al público sobre la carga tributaria aplicable a la mayor parte de productos que se importan como: computadoras, consolas, ropa, entre otros. Además, es totalmente posible solicitar un precálculo de impuestos a un Agente de Aduanas o bien utilizando la calculadora que tienen a disposición en las páginas WEB las empresas Courier.

• Investigue si no hay restricciones legales para la importación de los artículos que quiere comprar o si se ocupa algún permiso especial.

• Verifique si la empresa de entrega rápida está registrada ante la Dirección General de Aduanas. Así evitará sorpresas. Las empresas Courier son auxiliares de la función pública aduanera y como tal, deben estar inscritas en la Dirección General de Aduanas.

• Siempre tenga su factura comercial disponible pues esta le servirá de soporte a la empresa Courier para determinar los impuestos a pagar correctamente.

• Recuerde que para pagar impuestos se toma en cuenta, además del valor de las mercancías, el costo del flete y el seguro.

• Para evitar contratiempos, asegúrese que le tramiten un DUA de importación individual. En ocasiones se genera un solo DUA para nacionalizar varias compras de diferentes clientes y si por alguna razón alguna de ellas está sujeta a criterios de riesgo aduanero y por ende requiere revisión, el resto de las mercancías también serán revisadas.

• Prevea que podría tener que pagar bodegaje en caso de que su DUA sea revisado por la Aduana.

Si toma las anteriores recomendaciones en cuenta y realiza sus compras con antelación, podrá disfrutar o entregar a sus seres queridos los presentes escogidos.







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