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Lunes, 16 de diciembre de 2024



INVERSIONISTA PERSONAL


¿Qué ha pasado con su pensión voluntaria, o no tiene?

Fabio Parreaguirre [email protected] | Martes 17 abril, 2018




Las pensiones voluntarias son la mejor decisión para resguardarse ante la problemática financiera que pregonan los estudios actuariales al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) de la Caja.

Lo mejor sería empezar a realizar este ahorro desde joven, para no tener que destinar un mayor porcentaje del salario; por ejemplo, si una persona que inicia su etapa laboral con una pensión voluntaria realiza aportes durante 40 años, deberá ahorrar un 5% de su salario mensualmente.

Sin embargo, esto casi nunca sucede, lo normal es que esta decisión se tome cuando todavía faltan 20 años para pensionarse, por lo que esa persona deberá ahorrar un 12,8% de su salario.

Este ahorro le permitirá complementar su pensión obligatoria en un 20%, lo que sería muy provechoso ya que en la actualidad el IVM apenas le devuelve cerca de un 50%, del promedio de sus últimos salarios.

“Actualmente las personas que no tienen una pensión voluntaria reciben en promedio un 50% de su último salario como pensión del IVM de la Caja. Esto provoca que la persona que está acostumbrada a recibir cierto monto, se vea con menos liquidez y deba ajustar todo su presupuesto. Esta situación financiera empeora si al llegar a la edad de jubilación se tienen deudas”, explicó Marvin Rodríguez, gerente de Popular Pensiones.

La Operadora recomienda comenzar cuanto antes un Plan de Pensión Voluntaria para mejorar el monto que recibirá del Régimen Básico.

“El porcentaje de ahorro es un estimado. Lo que les decimos a las personas, es que si no pueden ahorrar el porcentaje estimado, inicien con lo que puedan y en el camino se vaya ajustando. Lo importante es que comprendan la urgencia de obtener un Plan Voluntario, que les permita tener una pensión del 100% de su salario”, recalcó Rodríguez.

¿Qué es un plan voluntario?

Es un ahorro en colones o dólares en el que usted decide el monto a cotizar de acuerdo con su capacidad financiera y expectativa de pensión.

  • El monto mínimo de aporte es de ¢5 mil o $20 mensuales
  • Se pueden hacer retiros totales o anticipados al cumplir cinco años y medio de antigüedad y haber completado el equivalente a 66 aportes
  • El retiro puede ser total o parcial (máximo un 30% del saldo acumulado cada 12 meses)
  • Los aportes podrán ser deducibles del impuesto sobre la renta y de las cargas sociales hasta un máximo del 10% del salario bruto mensual
  • Las inversiones están exentas del impuesto de renta
  • Los ahorros son inembargables, excepto por pensión alimentaria

 







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